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Diferencias entre renting y leasing, para los profesionales

escrito por @Benga!

Desde hace unos años los términos leasing y renting de vehículos se han vuelto muy populares, pero existen aún muchas dudas y confusión entre ambos.

En el post de hoy vamos a explicar en qué consiste cada término y cuáles son sus ventajas y desventajas.

Para comenzar hay que destacar que hasta hace poco el renting y leasing de vehículos estaba únicamente disponible para empresas y autónomos. Sin embargo, gracias a las ventajas que ofrecen estos dos sistemas y algunas de sus características, hoy en día ya es una opción a disposición de particulares. Cabe mencionar que los particulares pueden aprovecharse del “renting” de vehículos mientras que el leasing sigue siendo una opción únicamente para empresas y a continuación explicamos el por qué.

RENTING, UNA OPCIÓN PARA MÁS QUE PROFESIONALES.

El renting se puede definir como un contrato de alquiler a largo plazo. En la mayoría de estos contratos, la duración suele ser de entre uno a cinco años y durante el periodo establecido del contrato se paga una cuota mensual.

A efectos prácticos, un contrato de renting es equivalente a tener un vehículo en propiedad durante un periodo de tiempo determinado a través del pago de una cuota mensual establecida. Dentro de esta cuota se incluyen todos los gastos asociados al automóvil como: el seguro, reparaciones, mantenimiento, ITV o asistencia durante los viajes. El único gasto que corre a cuenta de la empresa es el combustible empleado.

En la mayoría de los casos, la cuota mensual varía en función del kilometraje máximo anual que se permite y que, si se supera al final de cada año, habrá que abonar una compensación. Esta cuota también variará en función del modelo y gama del vehículo, y la duración del contrato.

También existe otra opción dentro de un contrato de renting que es el renting flexible en el que sí se permite la cancelación del contrato anticipadamente. Aunque es una opción que puede ser adecuada para ciertos sectores, esta opción suele conllevar una cuota mensual más elevada.

La finalidad del renting por tanto es alquilar el vehículo para darle uso durante cierto tiempo con la seguridad de tener todos los costes derivados cubiertos (a excepción del combustible).

Para una empresa o autónomo puede ser una opción muy interesante de construir una flota de vehículos renovables cada cierto tiempo y con una serie de ventajas fiscales que se comentarán al final del post.

LEASING, EL CONTRATO DE ALQUILER CON OPCIÓN A COMPRA.

El leasing, como el renting, también se define como un contrato de alquiler a largo plazo. La principal particularidad y gran diferencia con el término anterior, es que dentro del contrato de arrendamiento financiero del leasing existe la opción de compra.

Se considera un contrato de arrendamiento financiero ya que conlleva el alquiler de un bien (mueble o inmueble) para uso en empresas. El bien adquirido mediante esta modalidad siempre debe estar ligado a la actividad del autónomo o de la empresa. Es por esta característica por la que los particulares no pueden acceder a esta opción de alquiler de vehículos a largo plazo.

Dentro del contrato de leasing se permite al arrendatario pagar una cuota final que supone la compra del vehículo, transfiriendo a la empresa la propiedad del mismo. Así pues, el leasing se transforma en un mix entre alquiler y financiación con el objetivo de permitir el uso del automóvil antes de adquirirse en propiedad.

Por último, el leasing está pensado para que empresas, autónomos y pymes dispongan de aquellos bienes que necesitan (en nuestro caso, los vehículos) sin echar mano de otro tipo de financiación.

En esta modalidad de contrato hay que tener en cuenta que dentro de la cuota mensual no se incluyen los servicios asociados al uso del vehículo, como sí sucede con el renting.

RENTING, LEASING Y SUS VENTAJAS FINANCIERAS PARA LOS PROFESIONALES.

Los dos términos que hemos explicado resultan especialmente interesantes para autónomos y empresas (tanto grandes como pymes). Con estas opciones, los profesionales son capaces de adquirir un vehículo para desarrollar su función laboral con un modo de financiación.

Además, ambos contratos presentan varias ventajas fiscales:

-Es un gasto deducible tanto en el IRPF e IS, siempre y cuando el vehículo empleado resulte esencial para realizar la actividad empresarial.
-Cuando el vehículo es un bien necesario para la empresa también será deducible el 21% de la cuota mensual correspondiente al IVA.

Esperamos que este artículo haya conseguido aclararte las dudas entre estos dos términos que a primera vista pueden resultar muy similares. Es imprescindible saber diferenciarlos para poder escoger adecuadamente en función de las necesidades de cada empresa.

Por último, no dudes en contactar con nosotros para resolver cualquier pregunta o asesorar de una forma más específica según las necesidades de tu empresa y los servicios que ofrecemos.

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